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Política
Colombia podría tener voto presencial y virtual
La principal apuesta de la iniciativa es poder modernizar el sistema mediante el uso de las nuevas tecnologías.
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La opinión
La Opinión
Jueves, 27 de Agosto de 2020

Después de un intento fallido en 2011 por conseguir la esperada reforma al Código Electoral Colombiano que rige el sistema actual en el país, la Registraduría Nacional, el Gobierno y el Consejo de Estado radicaron ante el Congreso de la República un nuevo proyecto que busca, esta vez sí, darle un giro radical a la norma en materia electoral.

La principal apuesta de la iniciativa es poder modernizar el sistema mediante el uso de las nuevas tecnologías y, a su vez, hacerlo mucho más transparente y con garantías para todos los actores políticos y la ciudadanía.

El nuevo Código que fue presentado con mensaje de urgencia al Congreso, con el fin de que el Senado y la Cámara le den un trámite mucho más expedito, propone, entre otros aspectos, la implementación de cuatro modalidades de voto, la ampliación de la jornada electoral, la formalización del transporte público gratuito el día de la elección, la generación de la cédula de ciudadanía digital, así como la eliminación del periodo de inscripción de cédulas.

De la misma forma, contempla la exclusión del criterio partidista para la designación de los jurados de votación, el aumento de la cuota de género del 30 al 40% en listas de candidatos, la instalación de nuevos puestos de votación y el uso de tecnologías amigables con el medio ambiente.

A continuación, algunos de los aspectos más relevantes que contiene el proyecto:

Modalidades del voto

El voto podrá ser presencial y no presencial.

Presencial:

Voto manual: es el que marca el votante de su puño y letra en la tarjeta electoral física.

Voto electrónico mixto: el que marca el votante en terminales electrónicas que contienen todas las opciones a escoger.

Voto anticipado: es el depositado con anterioridad a la fecha de la elección, en el lugar que se determine para tal fin.

Radicarán ley para reglamentar el voto virtual en Colombia

El voto virtual se tramitaría en una ley estatutaria

 

 

No presencial:

Voto electrónico remoto: el que se deposita por los votantes por fuera de un puesto de votación y es ejercido mediante un medio electrónico.

 Voto anticipado electrónico remoto: es el depositado con anterioridad a la fecha de la elección, mediante el mecanismo electrónico que se disponga.

Jornada Electoral

Las votaciones iniciarán a las 8:00 de la mañana del día de las elecciones y cerrarán a las cinco 5:00 de la tarde del mismo día.

El día de las elecciones el transporte público será prestado de forma gratuita para los puestos de votación urbanos y rurales, entre las 7:00 de la mañana y las 6:00 de la tarde.

Depuración del censo electoral

Se eliminan los periodos de inscripción de cédulas.

La residencia electoral del ciudadano pasa a ser aquella donde la persona recibe los beneficios de las políticas públicas. Se le asignará el puesto de votación más cercano.

Las inconsistencias que se detecten en la dirección de residencia electoral, aportada por los ciudadanos o extranjeros habilitados para votar, serán objeto de investigaciones que podrían terminar en que se deje sin efecto la inscripción.

Publicidad de campaña

La propaganda desplegada a través de las redes sociales y las plataformas digitales que permiten crear, publicar, reproducir y repetir información en un espacio digital durante el periodo preelectoral y electoral, no podrá exceder los topes de publicidad establecidos por el órgano electoral.

Los candidatos que elaboren, contraten y reproduzcan información durante el periodo preelectoral y electoral, a través de cualquier medio, incluyendo plataformas digitales, redes sociales y telefonía, deberán reportar al Consejo Nacional Electoral los gastos de esa publicidad.

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