Dos reformas claves para el campesinado en el país se aprobaron en los últimos días en el Congreso, en medio de los escándalos de Palacio que tienen por completo atrapada la atención en el país.
El primero de ellos es que los campesinos fueron reconocidos como sujetos de especial protección constitucional. Esto se debe a que tienen "un particular relacionamiento con la tierra basado en la producción de alimentos en garantía de la soberanía alimentaria, sus formas de territorialidad campesina, condiciones geográficas, demográficas, organizativas y culturales” que los distinguen de otras poblaciones, según queda definido en la reforma al artículo 64 de la Constitución.
En otras palabras, debido a la desigualdad y dinámicas sociales que han impactado el territorio, los saberes y el estilo de vida de los campesinos, el Congreso, y, con ello, el Estado mismo, los reconoce de manera tal que puede proteger su autonomía e identidad con mayor solidez. En el pasado, la Corte Constitucional ha clasificado bajo la categoría de especial protección a otros grupos históricamente vulnerados, como las personas en condición de pobreza, los privados de la libertad, los menores de edad o los desplazados.
“Es un momento histórico que rompe las cadenas de discriminación y abandono que durante tanto tiempo han pesado sobre quienes trabajan la tierra con amor y sacrificio”, señaló el senador del Pacto Histórico Alexander López Maya, quien se desempeña como presidente del Senado luego de la suspensión de Roy Barreras.
Lea: ¿Deberíamos escuchar más a los niños y jóvenes?
“Es el primer paso para saldar la deuda histórica del Estado colombiano con millones de campesinos/as”, dijo en Twitter la Comisión Colombiana de Juristas, que celebró la decisión.
El acto legislativo señala que el Estado debe reconocer condiciones particulares que lleven al campesinado a la igualdad material. Se deberán tener en cuenta factores como la edad, el territorio, el género, las vías terciarias, la infraestructura rural, la educación de calidad, entre otros.
Finalmente, las entidades correspondientes, según la reglamentación posterior, crearán un trazador presupuestal. Esta herramienta servirá para hacer “seguimiento del gasto y la inversión realizada por múltiples sectores y entidades” para la atención de la población campesina.
El segundo triunfo para el sector del campo es la creación de la Jurisdicción Agraria. En otro acto legislativo, el Congreso definió que se debe construir otra institución que garantice justicia en conflictos relacionados con tenencia de tierras, acceso a la propiedad y otras necesidades jurídicas especiales.
El camino empezó a labrarse favorablemente en mayo, ocho meses después de la radicación del proyecto. La Cámara de Representantes logró la aprobación de la especialidad agraria con una votación de 105 a favor y tres en contra luego de un acuerdo político entre bancadas, la Corte Suprema, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura.
Inicialmente, el proyecto presentado por el gobierno Petro creaba una Corte Agraria que buscaba ser el órgano de cierre, una última instancia, de los procesos que se plantearan. Los presidentes de la Suprema, la Judicatura y el máximo Tribunal Administrativo la calificaron como innecesaria y redundante, así que, para lograr vía libre, tal elemento fue reemplazado.
Ese fue el punto más álgido del debate, no solo en el Capitolio, sino en redes y otros espacios. Por ejemplo, el fiscal general, Francisco Barbosa, dijo en un foro de El Tiempo: “Quieren crear otra corte, una agraria, mutándole las competencias a la Sala Civil y Agraria de la Corte Suprema. Yo pido, por favor, que respeten a la Corte Suprema, que respeten la justicia”.
Consulte: ¿Qué oportunidades puede traer la mano de obra migrante?
En Cámara de Representantes se votó por mantener la Sala Civil como órgano final. En Senado, por su parte, la entidad se nombró Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, “sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo de Estado en los términos del artículo 237 de la Constitución Política”. La conciliación acogió el texto del Senado.
La idea central de una nueva jurisdicción es que el aparato judicial colombiano pueda adaptarse “a las particularidades del derecho agrario y de los conflictos rurales” para que la justicia llevada al campo sea mejor, como explica Carlos Quesada, coordinador de la línea de investigación de campesinado y tierras de Dejusticia.
Quesada añade que “la jurisdicción agraria debe estar orientada a satisfacer integralmente las actuales necesidades jurídicas de la población rural”. Ello parte del reconocimiento de que gran parte del conflicto armado colombiano, tanto en causas como en consecuencias, tiene una base sólida en los conflictos del campo, así que la institucionalidad “requiere procedimientos propios, pensados específicamente para la construcción de paz y convivencia en territorios donde la débil presencia del Estado ha creado profundas desconfianzas”.
Se trata, además, de una parte del cumplimiento del primer punto del Acuerdo de Paz de La Habana, que da directrices para una reforma agraria integral. Sin embargo, miembros del partido Comunes, que surge de la desmovilización de las Farc, no lo ven así. El representante a la Cámara Luis Alberto Albán señaló durante el debate de la conciliación que el acto legislativo “representa un adelanto”, pero “es insuficiente porque no se crea la corte de cierre”.
Lo que sigue es un camino largo de coordinación entre instituciones para lograr una reglamentación acorde a las expectativas. Por ejemplo, en una sentencia de unificación, o sea, una sentencia en la que la Corte Constitucional revisa varios fallos de tutela, el año pasado se dio la orden de que jueces civiles que tuvieran en sus manos procesos de adjudicación de inmuebles rurales sin registro se abstuvieran de continuar con ellos y les enviaran el trámite a la Agencia Nacional de Tierras, a la que le correspondía dirimir por tratarse de bienes que se presumen baldíos.
Esto, por supuesto, significó una reacomodación que ralentizó la entrega de terrenos que podía haber beneficiado a muchos campesinos. La nueva jurisdicción agraria tendrá que mediar entre ese precedente y las nuevas restructuraciones que vengan por orden del Consejo Superior de la Judicatura, el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Justicia.
La orden de la reforma constitucional es que en seis meses la Judicatura implementará “de manera gradual y progresiva” la creación de “los tribunales agrarios y rurales, los cuales conocerán los asuntos que le son propios sin perjuicio de las leyes que desarrollen y reglamenten la Jurisdicción Agraria y rural”. El Consejo Superior deberá considerar zonas focalizadas por MinJusticia y MinAgricultura, quienes, con recursos que el Gobierno Nacional debe garantizar, considerarán zonas PDET, cantidad de personas en áreas rurales y demandas de justicia en asuntos que le competen a lo agrario.
En paralelo, durante la siguiente legislatura el Congreso tendrá que expedir “la ley por medio de la cual se garantiza la estructura, funcionamiento y competencias de la Jurisdicción Agraria y Rural, así como el procedimiento especial” por el que se tramitarán los asuntos de la nueva corporación.
La ministra de Agricultura, Jhenifer Mojica, dijo en una entrevista con El País América Colombia que ya se está preparando una mesa técnica que reúna al Gobierno y a las altas cortes para construir la reglamentación. Añadió que el presidente Gustavo Petro se comprometió con el Consejo Superior de la Judicatura a “destinar partidas presupuestales de inmediato para crear los primeros juzgados y tribunales agrarios”.
Mojica señaló que su meta es que “los jueces sean del territorio, que conozcan los problemas sociales de las comunidades y, sobre todo, que sean interdisciplinarios, que incluyan temas de medio ambiente, étnicos, de ordenamiento territorial y catastrales”.
Actualmente, según el Instituto de Estudios Interculturales de la Universidad Javeriana de Cali, de 50.5 millones de colombianos, 10.2 millones son población campesina. Buena parte de sus problemas se divide en el despojo de sus tierras, la informalidad de la tenencia de ellas y el desplazamiento forzado. Las discrepancias derivadas de ellos ahora podrán ser resueltas con enfoques diferenciales, por lo que se necesita diligencia por parte de las autoridades que deben reorganizar buena parte de la institucionalidad actual.
Por ser acto legislativo, ni el reconocimiento al campesinado ni la jurisdicción agraria deben pasar por sanción presidencial. A la espera de su promulgación, el Gobierno debe continuar con la titulación y entrega de hectáreas de tierra que arrancó el año pasado.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en: https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion