Por considerarla infundada, la Procuraduría Regional de Norte de Santander negó la recusación que había presentado el alcalde de Cúcuta, Jairo Tomás Yáñez, contra la contralora municipal, Martha María Reyes, tras alegar que la funcionaria había manifestado su opinión sobre asuntos que eran materia de control fiscal.
El procurador Libardo Álvarez García consideró que ninguna de las causales establecidas por la ley se adecuaban para aceptar la solicitud elevada por el mandatario local.
“Analizada la situación fáctica y jurídica, se tiene que la señora contralora municipal, en sus comunicaciones del 22 y 27 de abril dirigidas al alcalde de San José de Cúcuta, en cumplimiento de su rol funcional, podría haber transbordado límites inherentes a la imparcialidad debida que debe privilegiar todo servidor público. (…) No obstante, se tiene que quien funge como contralora municipal no define procesalmente las actuaciones y los procesos que son objeto de escrutinio fiscal por parte de dicho órgano de control”, señaló el procurador.
A pesar de que el representante de la Procuraduría consideró que la recusación carecía de fundamento, en su decisión exhortó a Martha María Reyes a que, en adelante, se abstenga de hacer manifestaciones, “que pudieran concebirse como juicios anticipados en la labor fiscal”.
“No hay que olvidar, tal como señala la funcionaria recusada en su escrito del 11 de mayo, la trascendencia del control fiscal posterior y selectivo, el cual se realiza una vez se hayan ejecutado las distintas operaciones, actividades y procesos que serán objeto de control”, recordó Álvarez.
Como se recuerda, el pasado 22 de abril, mediante un oficio, la titular del ente de control señaló que las acciones adelantadas por la administración municipal no se fundamentaban en la urgencia manifiesta, toda vez que el 94% de estas no estaban encaminadas a dar una solución parcial a los problemas que había acarreado el confinamiento obligatorio, sobre todo en los sectores más populares.
En el documento, Reyes cuestionó que hasta esa fecha se habían reportado 33 contratos por alrededor de $2.400 millones, de los cuales 22 correspondían a contratos de prestación de servicios, cuyo objetivo no era acorde a la respuesta de la crisis sanitaria. También le reprochaba al alcalde un incumplimiento en los términos del reporte de la contratación en el Secop.
El 27 de abril, la contralora volvió a cuestionar el proceder del alcalde, señalando que se, “evidenciaba falta de supervisión de la Alcaldía por delegar en sus secretarías la actividad contractual, afectando los principios de publicidad y transparencia, lo que constituye un presunto hallazgo de carácter administrativo con incidencia disciplinaria”.
De ahí que el gobernante local decidió formular una recusación contra Reyes, bajo el argumento de que las afirmaciones hechas por la funcionaria no brindaban garantías constitucionales de legalidad, debido proceso y derecho de defensa, “al margen de un proceso de responsabilidad fiscal”, como quiera que ya se había dado un prejuzgamiento.
Celeridad en otros procesos
En vista de que en la recusación el alcalde argumentó también una aparente pasividad de la Contraloría Municipal frente a la revisión de algunos negocios jurídicos adelantados por la administración anterior de César Rojas, los cuales son objeto de investigación disciplinaria, el procurador regional pidió que se le dé celeridad a los eventuales procesos que se adelanten al respecto en el órgano de control fiscal.
Y agregó: “En cuanto a la situación presuntamente irregular que se esboza frente a conductas desplegadas por el hoy subcontralor municipal, se indica que las mismas son objeto de escrutinio disciplinario, situación por la que, igualmente, reclama la actuación del órgano de control fiscal en ese sentido”.
