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Política
Representante Wilmer Carrillo fue absuelto por la Corte Suprema
Para la sala de primera instancia, Carrillo no actuó de forma irregular cuando liquidó un contrato como secretario de Infraestructura en Norte de Santander.
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Jueves, 22 de Junio de 2023

La Corte Suprema de Justicia decidió absolver al representante a la Cámara por el Partido de la U, Wilmer Carrillo de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad ideológica en documento público.

El congresista era acusado de las conductas punibles que le fueron endilgadas cuando estuvo en su calidad de Secretario de Infraestructura de Norte de Santander (2008-2010). Carrillo había sido procesado y llevado a juicio por supuestas irregularidades en contratación por lo que fue acusado por la Sala de Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte.

El representante supuestamente habría cometido irregularidades al liquidar el contrato de obra No. 109 de 2007, el cual tuvo como propósito mejorar 3.8 kilómetros de los 19 que componían la vía Lourdes- Gramalote, corredor que se hallaba en muy malas condiciones y recibió en ese momento la obra con un 70% de ejecución, pues se venían adelantando obras preliminares como perfilados y “cuneteos”, se lee en el documento.

Al revisar la totalidad el caso, la Sala de Primera Instancia detalló todo lo sucedido en este contrato y las respectivas obras y determinó que Carrillo no cometió delito alguno.


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"Las premisas sentadas acerca de la naturaleza y límite de las obras pactadas, la dificultades surgidas en la ejecución de la obra, ajenas al obrar del contratista, y las sugerencias hechas por el geotécnico para obras futuras de estabilización de terreno, permiten concluir que el contrato fue liquidado conforme a la realidad acaecida en su ejecución dentro del marco de legalidad", se lee en la sentencia.

Para la Corte, Carrillo Mendoza no incumplió ningún deber al no consignar dichas salvedades ni faltó a la verdad en ese documento, pues el objeto del contrato era el mantenimiento del tramo de la vía y no incluía obras de mayor extensión, fue así como quedó demostrado que las fallas de la vía no eran imputables a la constructora, y las obras de estabilización que recomendaba el estudio geotécnico, no guardaban relación con el objeto del contrato, sino que constituían obras a futuro de gran envergadura y costo.

"La Corte absuelve a Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza de las conductas punibles de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad ideológica en documento público, las cuales le fueron imputadas en su calidad de Secretario de Infraestructura del departamento de Norte de Santander", revela el fallo de la Corte.

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