Humberto Velásquez, consultor particular en temas jurídicos y migratorios, explicó los aspectos que debe tener en cuenta la población migrante interesada en iniciar este proceso.
Según Velásquez, el primer punto a considerar es que las visas son responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores y solo pueden ser otorgadas por la Cancillería de Colombia. En el país existen tres tipos de visas: la visa de visitante (tipo V), la visa de migrante (tipo M) y la visa de residente (tipo R). Esta última, según el profesional, es la mejor opción y está disponible para los ciudadanos venezolanos por aplicación del Estatuto Temporal de Protección (ETPV).
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“Es un buen momento para que quienes cumplan con los requisitos tomen la decisión de pasarse al estatuto ordinario, pues con la visa de residencia, la persona puede desarrollar cualquier actividad sin ningún tipo de restricción. Además, el Estatuto Temporal de Protección tiene una fecha de terminación para mayo de 2031, pero para evitar todas esas situaciones de última hora, sería importante que quienes tengan la posibilidad, opten por pasarse al régimen de visado”, explica Velásquez sobre este instrumento que, una vez generado, debe renovarse cada 5 años.
¿Cómo puedo tramitar la visa de residencia si tengo PPT? Aquí le contamos
1 - Verifique el tiempo: Para aplicar debe demostrar que ha vivido en el país durante 5 años o más. “Si tuve Permiso Especial de Permanencia (PEP) tantos años, le sumo el tiempo que llevo con Permiso por Protección Temporal (PPT) y eso me tiene que dar 5 o más años para que cumpla”, aclara el consultor.
2- Diligencie el formulario SITAC: Ingrese a la página de la Cancillería en www.cancilleria.gov.co y diligencie el formulario SITAC.
3- Realice la solicitud: Envíe el formulario, documentos en formato PDF (Permiso de Protección Temporal vigente, Permiso Especial de Permanencia, si lo tiene; número de pasaporte, si lo tiene; fuente de ingresos y monto mensual con los que sufraga los gastos inherentes a su permanencia en Colombia; certificado de movimientos migratorios de los últimos 6 años y antecedentes penales del país de origen) y una fotografía en fondo blanco. La Cancillería le responderá el correo con una asignación de un número.
4- Estudio de visa: Una vez hecha la solicitud, debe cancelar un pago para el estudio de visa que tiene un costo de 54 USD. “Hay un aspecto que podemos llamar ‘intermedio’ del trámite en el que no me la rechazan, pero tampoco me la autorizan porque me la requieren. Entonces le pueden pedir que aporte unos documentos extra o citar para una entrevista. Sin embargo, todas las instrucciones las va a recibir por correo electrónico, por eso es importante que proporcione uno que sea de fácil acceso y lo esté visitando constantemente”, agregó Velásquez.
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5- Pago de la visa: Si el estudio da como resultado que la visa fue aprobada, debe realizar el pago de la misma que tiene un costo de 400 USD.
6- Reclame la visa: Consulte permanentemente el estado de la visa y diríjase a reclamar cuando esté lista.
7- Proceso de cédula de extranjería: Una vez tenga su visa, tiene 15 días calendario, contados a partir de la fecha de expedición de la visa, para iniciar un nuevo proceso y obtener su cédula de extranjería. Tenga en cuenta que este documento solo es otorgado por Migración Colombia.
¿Qué requisitos se necesitan para el proceso de cédula de extranjería?
1- La persona debe ser mayor de 7 años de edad y titular o beneficiario de una visa vigente otorgada por la Cancillería.
2- Debe diligenciar el Formulario Único de Trámites (FUT) y adjuntar un archivo en PDF con sus documentos de identidad, incluyendo la visa vigente. Este formulario está disponible en la página web de Migración Colombia: www.migracioncolombia.gov.co.
3- Agende su cita a través de la página web y preséntese en la fecha y hora descritas con documentos y número de Formulario Único de Trámites.
4- Realice el pago correspondiente por los derechos de trámite. El plazo de entrega para este servicio es de 10 días hábiles, contados a partir del pago por los derechos del trámite, y la tarifa de este proceso para el año 2024 es de $267,000.
Entre tanto, Velásquez asegura que una de las mayores ventajas de realizar el proceso de visa de residente es que permite tener beneficiarios, lo que podría facilitar el proceso de regularización de personas de un núcleo familiar que no han podido realizarlo. Tenga presente que entre los beneficiarios se encuentran el cónyuge, compañero(a) permanente y los hijos(as) menores de 25 años que dependen económicamente del titular de la visa o presenten algún tipo de discapacidad que les impida tener independencia económica. Sin embargo, el consultor advierte que una de las desventajas de esto es el costo total de todo el proceso, que puede ser, aproximadamente, 600 USD que se pagan por persona.
Tomado de Vanguardia*
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