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Colombia
Corte Constitucional confirma que el aguardiente tendrá venta libre en todo el país
La Corte Constitucional tumbó la ley que permitía a los gobernantes prohibir la venta de aguardiente producido en otros departamentos.
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Colprensa
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Miércoles, 5 de Febrero de 2025

La Corte Constitucional declaró inconstitucional la capacidad de los gobernadores de imponer salvaguardas para restringir la comercialización de aguardientes en otras partes del país.

Según informó el ente de control, esta decisión se fundamentó en que la normativa que restringía la comercialización de los licores, afecta la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores.

“La medida implica que los oferentes de aguardiente se reducen a uno, de modo que los consumidores de aguardiente se ven privados por completo de la libertad de elegir el proveedor del aguardiente que consumirán”, aseguró la Corte Constitucional a través de un comunicado.

“De la misma forma, la libertad de elegir qué tipo de aguardiente consumirán se reduce a las variedades que produzca la industria licorera departamental. La Corte recordó que la jurisprudencia constitucional ha sido pacífica al señalar que, si bien el derecho a la libertad de elección de los consumidores no es absoluto y puede ser limitado por la ley, la completa restricción de la libertad de elección es contraria a la Constitución Política”, añadió el ente de control.


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La decisión del alto tribunal fue adoptada en respuesta a la demanda presentada por el ex superintendente Pablo Felipe Robledo, en compañía de Jorge Enrique Sánchez y Julio Andrés Ossa.

La controversia sobre la venta de aguardiante en Colombia surgió cuando Bogotá y Cundinamarca empezaron a prohibir la venta en sus territorios del Aguardiente Amarillo, producido por la Industria Licorera de Caldas, con base en la Ley 1816 de 2016, algunos de cuyos artículos acaban de ser declarados inexequibles por la Corte.

La decisión del alto tribunal podría provocar una guerra comercial entre departamentos por la venta de aguardiente.

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