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Colombia
Petro ganó pleito por basuras de Bogotá y evitó millonaria multa
El Tribunal de Cundinamarca revocó sanción de la Contraloría contra el presidente Gustavo Petro.
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Colprensa
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Lunes, 27 de Mayo de 2024

El presidente Gustavo Petro obtuvo una importante victoria jurídica, librándose de una millonaria sanción impuesta por la Contraloría Distrital en relación con el polémico modelo de recolección de basuras que implementó durante su gestión como alcalde de Bogotá.

En 2018, Petro calificó la sanción como una “multa impagable”, que ascendía a 22.170 millones de pesos. Esta sanción también afectaba a sus exfuncionarios María Mercedes Maldonado, Alberto José Merlano Alcocer y Gerardo Ardila, quienes debían pagar un total de 75.483 millones de pesos.


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Después de presentar una demanda, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en una decisión tomada por los magistrados Óscar Armando Dimaté, César Giovanni Chaparro y Moisés Rodrigo Mazabel, falló a favor de Petro y su equipo, ordenando anular la sanción. Esta medida se originó a partir de una multa de 2015 de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) contra el Acueducto de Bogotá y la Uaesp por más de 80.000 millones de pesos, la cual fue cubierta por la administración de Enrique Peñalosa. La defensa de Petro argumentó que este pago eliminaba la base para que la Contraloría declarara un detrimento patrimonial.

El caso llegó a la Contraloría en 2016, que inició un proceso de responsabilidad fiscal por 91.949 millones de pesos, señalando que el diseño del sistema de recolección de basuras en Bogotá violaba la libre competencia económica. 

Para Gustavo Petro, la multa impuesta vulneró sus derechos políticos, lo que lo llevó a invocar en su demanda la violación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y varios apartados de la Constitución. En los cuatro cargos presentados, su defensa también argumentó que la Contraloría no cumplió con el debido proceso.

Petro y sus exfuncionarios criticaron a Enrique Peñalosa por apresurarse a pagar la multa. “Si la alcaldía pagó las multas sin que los actos administrativos fueran definitivos, se trata de un pago indebido. Por lo tanto, la Contraloría debió solicitar la devolución de esos valores, como se estableció en la cuantificación del daño del fallo”.

Además, señalaron que “la Contraloría de Bogotá incurrió en una indebida interpretación de las normas, pues confundió el sistema control del principio legalidad de los actos administrativos, cuya competencia radica exclusivamente en la jurisdicción contencioso administrativa, con el sistema de control de legalidad que ejercen las contralorías en su función de vigilancia de la gestión fiscal”.

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