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¿Y las clases? Mineducación prepara decreto para ajustar la jornada escolar y flexibilizar las horas docentes
La limitación a seis horas continuas de permanencia docente impacta la jornada escolar, reduce el tiempo efectivo de clases y expone riesgos sociales. ¿Está en riesgo la calidad educativa?
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Colprensa
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Miércoles, 27 de Noviembre de 2024

Una reciente disposición del Ministerio de Educación, que podría ser firmada próximamente por el Gobierno Nacional, restringiría la permanencia de los docentes a un máximo de seis horas continuas dentro de las instituciones educativas, planteando así retos significativos para garantizar el cumplimiento de la jornada escolar, especialmente en colegios con jornada única.

Aunque el proyecto está pensado para aliviar las cargas de los docentes, esta limitación podría reducir el tiempo efectivo destinado a actividades académicas y pedagógicas esenciales, incluyendo proyectos extracurriculares, según se deriva de un borrador de decreto que logró conocer El Colombiano.


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El documento, que modifica artículos del Decreto 1075 de 2015 y que fue publicado para comentarios por el ministro de Educación, Daniel Rojas, plantea que “el tiempo total de la asignación académica semanal de cada docente de educación básica secundaria y educación media, será de veintidós (22) horas efectivas de sesenta (60) minutos incluido el descanso pedagógico, las cuales serán distribuidas por el rector o director en períodos de clase de acuerdo con el plan de estudios y las particularidades de cada establecimiento educativo”.

Uno de los cambios más importantes es que propone un cambio respecto al cumplimiento de la jornada laboral. En vez de dedicar todo el tiempo de su jornada laboral al desarrollo de las funciones propias de sus cargos con una dedicación de ocho (8) horas diarias, ahora se propone que el tiempo que dedicarán los docentes de aula al cumplimiento de su asignación académica y a la ejecución de actividades curriculares complementarias en el establecimiento educativo será de seis (6) horas diarias de permanencia continuas, las cuales serán distribuidas por el rector o director.

“Para completar el tiempo restante de la jornada laboral, los docentes de aula realizarán autónomamente actividades propias de su cargo, indicadas en el artículo 2.4.3.3.1. del presente decreto como actividades curriculares complementarias. De manera ocasional en las jornadas de desarrollo institucional, el rector coordinará con el Consejo Académico las jornadas de trabajo conjunto”, se lee en el documento.

Así las cosas, en los establecimientos educativos en los que existan dos jornadas escolares las seis horas continuas de permanencia del docente (aula, orientador(a) y de apoyo) se desarrollarán en la mañana o en la tarde. “Lo anterior, sin perjuicio de las necesidades especiales que surjan de la prestación del servicio y en ningún caso se prolongará el tiempo de permanencia en el establecimiento educativo ni se afectará la asignación académica a cada docente”.

 

Desconexión con la realidad institucional

Según el documento, el horario de la jornada escolar será definido por el rector o director, al comienzo de cada año lectivo, de conformidad con las normas vigentes, el proyecto educativo institucional y el plan de estudios, y debe cumplirse durante las cuarenta (40) semanas lectivas establecidas por la Ley 115 de 1994 y fijadas por el calendario académico de la respectiva entidad territorial certificada.


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El decreto no responde a las necesidades operativas específicas de las instituciones, particularmente aquellas con recursos limitados, según la exministra. Si bien otorga cierta autonomía a los rectores para definir horarios y asignaciones académicas, no contempla soluciones claras para situaciones que demandan permanencia prolongada de los docentes, como actividades institucionales, jornadas pedagógicas o eventos escolares. Por otro lado, la promesa de flexibilidad para ajustar las cargas laborales no resuelve las problemáticas estructurales derivadas de un déficit de personal o la coexistencia de jornadas múltiples en las instituciones.

 

La aplicación de estas medidas implicaría, en muchos casos, ampliar la planta docente para cubrir las exigencias de la jornada única, lo que representa un desafío financiero considerable. Sin embargo, el decreto no ofrece soluciones presupuestales que respalden esta transición, dejando a las instituciones frente a una encrucijada de sostenibilidad económica.

Además, la reducción del tiempo efectivo de asignación académica en secundaria y media, ahora de 22 horas semanales, incluyendo descansos pedagógicos, incrementa la necesidad de personal docente para garantizar las actividades escolares básicas, una contradicción frente a los recursos disponibles.

Según han advertido conocedores del tema, la integración del descanso pedagógico como parte de la jornada escolar disminuye aún más el tiempo destinado al aprendizaje. Aunque el descanso se considera una actividad curricular, su implementación dentro de las horas lectivas genera una contracción de las clases efectivas, complicando el cumplimiento de las intensidades horarias mínimas establecidas para cada nivel educativo.

Desescolarización y efectos sociales

A su vez, la disminución del tiempo de permanencia estudiantil en las aulas podría aumentar el riesgo de desescolarización, un problema estructural en el sistema educativo. Menos tiempo en las instituciones impacta negativamente el aprendizaje y la seguridad de los estudiantes, exponiéndolos a riesgos sociales fuera del entorno escolar.

Más allá del desarrollo académico, las instituciones educativas cumplen un rol crucial como espacios seguros que facilitan la organización de las actividades diarias de las familias. Esta reducción pone en jaque tanto el bienestar de los menores como el soporte brindado a la comunidad.


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La implementación de esta normativa requiere una evaluación integral que contemple las realidades operativas de las instituciones educativas y garantice los recursos necesarios para su cumplimiento. Mientras tanto, persiste la preocupación por su impacto en la calidad educativa y el desarrollo social de los estudiantes.

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