El patrimonio de una persona o empresa es la diferencia entre su activo (lo que tiene) y su pasivo (lo que debe); siempre, en forma racional y lógica, trata de incrementar el patrimonio aumentando esa diferencia, toda vez que esto le representa estabilidad económica; en el caso de las personas esta estabilidad es sinónimo de bienestar; en el de las empresas es sinónimo de crecimiento sostenido para generar cada vez más utilidades; ese es su objetivo y razón de ser.
El ahorro aumenta el activo de la persona o empresa que lo realiza; el desahorro o deuda aumenta su pasivo. Si por una rara decisión se ahorra y se desahorra simultáneamente, y por idéntico valor, es claro que el patrimonio permanece igual, pero si por ahorrar se crea simultáneamente un desahorro o deuda mayor y el patrimonio disminuye, la decisión aparte de “rara” se vuelve irracional e inconcebible. Esto es lo que ocurriría con el estado colombiano si se llegare a aprobar el llamado “Fondo de Ahorro del Régimen Contributivo” que está propuesto en el proyecto de ley de reforma pensional que estudiará en los próximos días la plenaria del Senado de la República en el segundo debate.
El sistema pensional colombiano está dividido en dos regímenes: el público o de prima – RPM- que administra Colpensiones y el de ahorro individual- RAIS que administran los llamados fondos privados. Colpensiones está presentando desde 2004 un persistente déficit: es mayor el valor pagado por pensiones que los aportes que recibe de los actuales trabajadores.
Este déficit se debe fundamentalmente a dos causas; la primera es que mientras Colpensiones, a diciembre de 2022 asumía el pago de 1.570.854 pensionados, solamente recibía el aporte de 2.410.000 trabajadores; contrariamente, los llamados fondos privados pagaban a 284.000 pensionados y recibían el aporte de 7.435.891 trabajadores; la segunda es que hasta 2008, para todo el sistema pensional, la tasa de aporte a cargo del empleador y del empleado era insuficiente para cubrir el pago de las pensiones.
A raíz de la promulgación de la ley 797 de 2003 este desfase entre aportes actuales y mesadas pensionales futuras se corrigió; inclusive, hoy es más lo que un trabajador aporta que lo que en el futuro va a recibir de pensión.
El déficit de la entidad administradora del RPM debe ser asumido por el Presupuesto Nacional, lo que ha implicado mayor déficit fiscal y la consecuente mayor deuda pública; una gran parte de la actual deuda es ocasionada por esta situación.
Debido a una recomposición de los ingresos de los dos regímenes propuesto en el proyecto de reforma pensional, Colpensiones recibiría un mayor valor de aportes, pero tendría un mayor pago de pensiones. En lugar de utilizar en el presente el mayor ingreso para pagar las pensiones a su cargo, Colpensiones va a entregar una buena parte de ese mayor ingreso, como “ahorro”, a entidades del sector financiero, en las que, inclusive, la Comisión Séptima del Senado incluyó ya, explícitamente, a los fondos privados de pensiones, con el argumento de estar obligado a crear una reserva para los pagos futuros.
En caso de aprobarse esta nueva “jugadita” económica, Colpensiones trasladaría en los 5 años a partir de la aprobación de la reforma $ 55 billones (millones de millones), aproximadamente. Será el ahorro o aumento del activo. Como contrapartida de este activo, se creará un pasivo a cargo del estado colombiano por $ 60 billones, aproximadamente, originado por tres causas: 1. Por no utilizar los nuevos aportes recibidos para el pago de las pensiones 2. Por el pago de la comisión que Colpensiones reconocerá por la administración de su “ahorro” y 3. Por la mayor tasa de interés que pagaría sobre el total de la deuda que, irremediablemente, ascenderá. Inexorablemente, el estado verá deteriorar su patrimonio, que es el de todos los colombianos. ¡Increíble pero cierto!