Del bolsillo de los colombianos tendrá que salir una multimillonaria suma de dinero por un desastre financiero, el cual representa una pérdida patrimonial para el Estado y es el resultado de una cadena de decisiones políticas y omisiones técnicas que sepultaron una de las obras de infraestructura más ambiciosas del país.
Colombia tendrá que pagar a la Concesión Ruta al Mar S.A.S. los costos de una frustrada obra vial, a pesar de que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) inició el trámite para pedir una aclaración del laudo final en el proceso arbitral del Centro Internacional de Resolución de Disputas (CIRD).
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En esta instancia se condenó a la ANI a pagar $3,57 billones por los perjuicios causados y declarar la terminación anticipada del contrato. El proyecto de infraestructura se diseñó para conectar a Antioquia con la costa caribe: Córdoba, Sucre y Bolívar, y potenciar la competitividad del comercio exterior.
De acuerdo con el experto en Derecho Financiero Internacional, Juan Carlos Portilla, el Estado no aportó ni un solo peso para la construcción de esta obra estructurada bajo la modalidad de Inversión Privada (IP), sino que se abrió a dos empresas, una española y una escocesa, a través de una emisión de bonos privados en el mercado externo de capitales de Singapur
“Estos bonos son una financiación. Haz de cuenta que una empresa de Cúcuta necesita un crédito para expandirse a Bucaramanga, entonces emite bonos en el mercado de valores colombianos, que son una deuda para el que emite los bonos y es un derecho para los tenedores de bonos”, explicó el abogado e internacionalista.
Así, el tenedor de dicho bono se le garantizó los pagos de intereses anualmente y del capital invertido al final de los 49 años, que fue el plazo de la emisión. El analista destacó que el éxito financiero del proyecto dependía del ingreso operacional del concesionario, es decir, de los peajes.

Portilla, autor del libro Derecho Internacional y Relaciones Exteriores Colombia en el Contexto Global, apuntó los cuatro errores de los dos gobiernos anteriores y del actual que llevaron al desastre financiero:
1. Tarifas diferenciales con Juan Manuel Santos.
El primer golpe al flujo de caja ocurrió bajo el mandato de Juan Manuel Santos, con Germán Cardona al frente del Ministerio de Transporte. Cardona, presionado por actores locales de La Caimanera, que es en una zona de alta influencia turística de sucre, cedió en detrimento del contrato original.
“El ministro sacó una resolución diciendo que para el transporte público no se iba a pagar la tarifa –de peaje- en el contrato, sino una especial mucho más económica. Eso empezó a tener un primer impacto en el ingreso principal del concesionario, que son los peajes”, indicó.
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2. Congelación y nuevas tarifas diferenciales con Gustavo Petro.
En esta administración se profundizó la crisis mediante la implementación de medidas de control de precios y nuevos beneficios tarifarios. Por un lado, el Decreto N° 050 de 2023 congeló los valores de los peajes de los 37 concesionarios del país, lo que generó un déficit generalizado al Ejecutivo nacional de casi $900.000 millones.
Por el otro, se otorgaron más prebendas en la estación de cobro de La Caimanera. “Eso empezó a afectar de manera muy seria el flujo de caja del contrato”, enfatizó el analista.
3. Omisión de actualizar tarifas frente al IPC (Santos, Iván Duque y Petro).
Hubo una omisión sostenida durante una década en el peaje de Carimagua (Córdoba). Se tenía la obligación de ajustar las tarifas de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), una tarea que fue ignorada sistemáticamente por tres presidentes: Santos, Iván Duque y Petro, o sea, desde 2015 a 2025.
“Al no actualizar esa tarifa, también se vio mermado el flujo de caja del concesionario; y eso eran obligaciones contractuales que asumió la ANI”, insistió Juan Carlos Portilla.
4. Eventos de exoneración de responsabilidad para el concesionario.
Las licencias ambientales para construir la obra se demoraron. Además, unos predios que se necesitaban comprar, no pudieron adquirir porque la comunidad se opuso y orden público y hubo protestas sociales, las cuales fueron atribuida a la falta de comunicación del gobierno para socializar el proyecto con los habitantes de la zona, especialmente en Sucre, la zona turística.
“Todo lo anterior generó unas causales para solicitar la terminación anticipada del contrato, que iba hasta el 2049 y le generaba al concesionario una utilidad de casi $3 billones”, añadió Portilla.
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¿Quién pagará la millonaria deuda?
Para el experto en Derecho Financiero Internacional, la condena impuesta por el CIRD de Nueva York, el pasado 26 de abril, no será asumida por los funcionarios responsables de las decisiones políticas, sino por la ciudadanía.
“Los colombianos, a través de sus impuestos, y el gobierno, por medio de la deuda, va a sacar el dinero del Presupuesto General de la Nación (PGN) para pagarle al concesionario”, dijo Portilla, advirtiendo que en el PGN hay una cuenta llamada Activos Contingentes de la Misión, que vincula todas las sentencias internacionales y los autos arbitrales donde el país es condenada.
El experto añadió que, probablemente, esa cuenta por pagar se dejará en los PGN del próximo gobierno, que se elige el 21 de junio.
Igualmente, manifestó que el desenlace de este litigio representa un escenario donde el país pierde: 1) los ciudadanos sufren un perjuicio económico directo, al ver cómo los impuestos que debían destinarse a inversión social o educación serán para saldar una indemnización; 2) el desarrollo de infraestructura del país se queda sin la construcción de la Ruta al Mar; y 3) la reputación de Colombia ante los mercados financieros internacionales se ve severamente afectada.
Aunque la vía pasará temporalmente a manos del Instituto Nacional de Vías (Invías) para su mantenimiento básico, el Estado carece de los recursos para finalizar la obra con el estándar de doble calzada proyectado originalmente.
La Agencia aseguró que cuenta con la posibilidad de interponer el recurso de anulación de la medida ante el Consejo de Estado 30 días después de resolverse la aclaración. Indicó que evaluarán la causal de exceso en la fórmula de liquidación y la inclusión de conceptos fuera de la definición contractual de las obligaciones de la ANI.
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