Como ya lo habían anunciado los gobiernos de Colombia y Venezuela, el 31 de enero se cumplió el periodo de flexibilidad de documentos para que conductores de ambos países pudieran transitar por la frontera con sus vehículos.
Es por eso que a partir del 9 de febrero los ciudadanos que ingresen al país desde Venezuela deberán cumplir con una serie de requisitos estipulados en el Plan Operativo para la Reactivación Gradual el Transporte Internacional de Carga y Pasajeros por Carretera y el Instructivo Integral de Frontera que desde ahora dan las pautas para la movilidad y que contará con 8 días de socialización.
En La Opinión le contamos algunos de los requisitos que se deberán tener en cuenta:
Vehículos Particulares
- Licencia de conducción
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente
- Documento de propiedad del vehículo.
- El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
- Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.
Motocicletas
- Licencia de conducción
- SOAT vigente
- Documento de propiedad del vehículo
- El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible
- Porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo
- Prohibido la circulación de pasajero o parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda.
- Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial
Taxis
- Licencia de conducción
- Revisión técnico – mecánica
- SOAT vigente
- Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual
- Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
- Permiso o tarjeta de operación
- El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000.
Transporte internacional de carga
- Licencia de conducción
- Revisión técnico – mecánica
- SOAT vigente
- Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de mercancías por carretera.
- Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
- Manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada.
- Certificado de Habilitación
- Carta de Porte Internacional por carretera
Transporte internacional de pasajeros
- Licencia de conducción
- Revisión técnico – mecánica
- Seguro obligatorio SOAT vigente
- Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de pasajeros.
- Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
- Manifiesto y/o listado de pasajeros
- Permiso o tarjeta de operación
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