La Constitución de Colombia promulgada el 4 de julio de 1991 marcó una etapa política de cambio en una nación convulsionada por un conflicto armado de más de tres décadas en esa fecha.
Estos 30 años de la carta política, fruto de un acuerdo de vertientes con inocultables diferencias ideológicas, se están analizando con respecto a los resultados alcanzados hasta el momento. Se toma en cuenta también el cumplimiento de sus disposiciones.
Con ese fin, La Opinión conversó con el jurista Alfredo Beltrán Sierra, doctor en Derecho y Ciencias Sociales, egresado de la Universidad Libre, quien fue magistrado y presidente de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia. Actualmente ejerce la docencia académica en las universidades Externado de Colombia y Libre. Además, participa en diferentes foros sobre temas institucionales y especialmente relacionados con la Constitución.
En esta entrevista se refiere justamente a los avances y desafíos para el cumplimiento de la Constitución.
La Constitución de 1991 consagra que Colombia es un Estado Social de Derecho, ¿lo es realmente?
Como principio fundamental, la autodefinición del Estado colombiano como Social de Derecho impone que su realización efectiva es un mandato de optimización para todas las autoridades públicas, pues para ello están instituidas conforme al artículo segundo de la Carta. Significa esencialmente que la gestión del Estado le impone que todos los derechos deben llegar a todos los habitantes del territorio, con independencia de su situación económica, como consecuencia necesaria del derecho a la igualdad y el respeto a la dignidad humana. Ese principio, 30 años después, no se encuentra realizado a plenitud.
¿Por qué cree que no se ha dado?
Es evidente que ello es así, como quiera que en la actualidad cerca de 23 millones de colombianos se encuentran en estado de pobreza. Igualmente, el sistema de salud no cubre satisfactoriamente a toda la población. Existe desigualdad en aumento por la disminución del poder adquisitivo del peso colombiano, que especialmente ha de soportar quien solo devenga el salario mínimo.
El desempleo en vez de disminuir ha aumentado; la educación, en todos sus niveles, no se encuentra garantizada para todos como un derecho; existen ancianos sin ingresos ni asistencia social garantizados; el derecho a la vivienda digna para algunos sectores es ilusorio y, por lo tanto, ese principio constitucional fundamental está lejos de alcanzarse todavía.
¿La Constitución consolida la democracia en Colombia?
En el preámbulo se enuncia como principio actuante de la Constitución, fortalecer la unidad de la nación y asegurar a todos la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, lo que significa que no se encuentra todavía consolidada la democracia que con ese contenido se señala.
Algunos sostienen que esa carta política fue un importante aporte a la paz, ¿qué tanto?
Sí lo fue en las circunstancias en que se expidió la Constitución. Esta fue pluralista: participaron representantes de los indígenas, la Unión Cristiana, la Unión Patriótica, el Partido Liberal, la Alianza Democrática M-19, el Movimiento de Salvación Nacional, el Partido Social Conservador, dos delegatarios del EPL con voz y voto, un delegatario del PRT y un delegatario del movimiento Quintín Lame. Estos últimos con voz, pero sin voto, por lo que fue expedida con el propósito de alcanzar la paz, con un orden democrático y justo en lo político, económico y social. La paz debe construirse. A ello contribuyó el proceso de paz con las Farc pactado en 2016, lo que significa que la Constitución en ese aspecto es un instrumento para conseguirla.
¿Qué opina de las reformas introducidas a la Constitución?
De las 56 reformas, algunas son de menor trascendencia, pero otras no lo son. Entre estas, la creación del Sistema General de Participaciones para la prestación de los servicios a cargo de las entidades territoriales como la salud y la educación, la reforma electoral para establecer listas únicas, voto preferente, cifra repartidora y el umbral para la distribución de las curules; la autorización para la reelección presidencial inmediata, la incorporación del Acuerdo de Paz con las Farc y el deber de acatarlo sin reformas, así como el deber de incluir en el Plan de Desarrollo, en los 20 años siguientes a 2016, un componente específico para la paz, entre otras.
¿Se requieren nuevos cambios en la Constitución?
No en este momento. Lo que se requiere es cumplirla y profundizar en la realización de los principios que la informan para darle vigencia social efectiva.
Con respecto a la posibilidad de convocar una Constituyente, ¿cuál es su opinión?
Aunque la Constitución autoriza este mecanismo para su reforma, en este momento la consideró inoportuna e innecesaria.
¿Se requiere una reglamentación de la protesta social?
La Constitución Política de 1991 establece como derecho fundamental que toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente, lo cual solo puede restringirse de manera expresa por la ley.
Germán Vargas Lleras ha planteado la eliminación de la Procuraduría, ¿está de acuerdo?
Esta propuesta implica reformar la Constitución, lo cual no es oportuno y no constituye una urgencia inmediata. Lo que sí es urgente es derogar, a la mayor brevedad, la atribución de funciones jurisdiccionales a la Procuraduría, que le fueron asignadas por Ley recientemente aprobada, que se encuentra en pugna con la Constitución.
¿Cómo ve el cumplimiento de los derechos humanos en Colombia?
Lo que se observa con muy grande preocupación por los demócratas, como sucede en mi caso, es que se acrecienta la violación de los derechos humanos en el país.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion