La declaratoria de un área de reserva especial para mineros tradicionales de Sardinata, en las veredas Fátima y La Barca, generó beneficios al consolidarse la zona más grande del país de este tipo, pero desató una batalla por el tránsito, sobre lo que catalogan es un camino real.
Sin embargo, la propiedad privada demostrada por la empresa Excomin en dos predios que le pertenecen: La Carolina y La Cacahuala, y las pruebas de que la vía de 10 kilómetros fue construida dentro de sus fincas, imposibilitó el paso de vehículos pues, según la empresa, la vía siempre ha sido privada, y en los 5 kilómetros siguientes no hay carretera.
Ante esto, transportadores de minas ajenas a las suyas utilizan como paso el río Sardinata.
Aunque algunos conductores logran maniobrar, otros no lo consiguen y, atascados en medio de las aguas, descargan el carbón en el lecho del cauce para seguir su camino.
Herly Castiblanco, vocera de Fatibar (Asociación de mineros tradicionales de las veredas Fátima y La Barca) explicó que las únicas formas de paso son el río y un puente hamaca destruido.
“Excomin tiene dos predios en más de 11 kilómetros y cada vez que se pasa, la carretera es obstaculizada con rejas y portones”, comenta.
Sin embargo, Excomin indica que Fatibar tiene dos vías alternas: la primera, por la servidumbre Tomate, hacia el sector La Florida, y otra, hacia Las Mercedes; ambas, conducen a la vía principal Cúcuta-Ocaña.
Pese a ello, la situación generó en 2016 una querella policiva instaurada por el abogado Oswaldo Fernández, que desde hace dos años bambolea entre un juzgado y otro, con decisiones que revierten entre sí, para que se defina si la vía en conflicto es pública y si habrá inversión en la ruta a la vereda San Roque, pero poco se habla de la preservación del río.
Según la querella, dentro del territorio de Sardinata había un camino real desde el cementerio, pasaba por la calle real, seguía hacia el corregimiento Las Mercedes y se bifurcaba rumbo a San Roque.
Antes de la bifurcación están los predios de Excomin que, de acuerdo con Fernández, dejan entre sí un espacio para la vía pública —que denomina una vía cebra—: franjas de tramos públicos y privados intercalados.
Ante esto, Dora Gómez, presidenta de Excomin, señala que si existe el camino real tiene un trazado diferente a la vía privada, y manifiesta que en el proceso “se trata de confundir a la justicia, insistiendo en la declaratoria de una vía pública en propiedad privada”, pero asegura que nunca se ha obstaculizado el tránsito a los lugareños.
“Se quieren tomar la vía a toda costa”, afirma. “Se puede dar la servidumbre, y por ahí puede pasar parte del carbón pero tienen que pagar, porque tenemos inversiones hechas desde hace años, y lo único que exigimos es que se cumpla la vía legal”.
Sin embargo, en desarrollo del pleito por la vía, que según Fernández se inicia —o termina— en un predio del municipio llamado Táchira, se cuestiona cuándo se convirtió en vía privada.
“¿La Alcaldía es dueña de una vía privada? Imposible”, dice, porque “hace 16 años el camino fue mejorado por Ingeominas, entidad que amplió la carretera y la adecuó para que fuese paso vehicular. Desde entonces se consolidó como vía pública para personas y productos”.
En respuesta a la querella de 2016, la Secretaría de Planeación de Sardinata respondió que la carretera no existe en el inventario vial del municipio, pues según el esquema de ordenamiento territorial solo hay 13 vías terciarias.
Eso sí, confirma que había un camino real ubicado en la margen derecha del río Riecito y en el punto Las Ajuntas “sigue un ramal para La Victoria y otro para Las Mercedes y San Roque”.
Posteriormente, el exalcalde encargado Víctor Julio Rangel, tras escuchar testimonios de habitantes, querellantes y querellados, estableció en la resolución 993 de octubre de 2016 que la vía “es de vital importancia”, al ser “única vía de acceso y salida de los habitantes”, debido a la inexistencia de un puente sobre el río Sardinata y el estado precario de un puente hamaca.
Así, generó la sentencia judicial que declaró como bien de uso público el carreteable y ordenó retirar los obstáculos que impedían el tránsito, lo cual condujo a Excomin a instaurar una demanda por prevaricato.
Se apeló y la Gobernación revocó la decisión del alcalde, el 15 de diciembre del 2016, pero, según Fernández, al tratarse de una sentencia judicial y no de un trámite administrativo, el único con competencia para definir la situación era el alcalde.
Dadas las circunstancias, se exigió anular esta última decisión, porque la Corte Constitucional declaró “inexequible la facultad de los gobernadores de conocer los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones de los alcaldes, que declaran la restitución de bienes públicos”.
Los ires y venires en los tribunales no cesaron, y el 28 de abril de 2018 el actual alcalde, Jesús Espinel, revocó de nuevo la decisión de su antecesor.
Según Fernández, “cometió una alcaldada” al declarar propiedad privada parte del camino solo en los predios en los que hay escritura pública, a nombre de Excomin; para la empresa lo que se hizo fue respetar la propiedad privada, mientras que el alcalde confirmó que la totalidad de la vía es privada.
La resolución indica que la justicia ordinaria deberá decretar la servidumbre de tránsito o una expropiación debidamente tramitada, pero por ahora, hay una realidad: el río sigue expuesto a la contaminación, y aún no hay puente viable, pues se requiere uno vehicular que soporte 25 mil toneladas de carbón, al mes, que sacan 600 trabajadores.