Los propietarios o tenedores de carros o motocicletas venezolanos que estén pensando en venderlos porque los van a llevar de vuelta al país de origen, las direcciones de tránsito están en la obligación de desvincularlos de la base de impuesto automotor.
Así lo dejó claro el Ministerio de Transporte al dar respuesta a una consulta que sobre el particular le hiciera el año pasado la secretaría de Hacienda del Departamento, en vista de la reapertura de la frontera.
“… Si bien, la Ley 1955 de 2019 establece en el artículo 121, la obligación de registro de vehículos que ingresaron al país y que se encontraban circulando en la jurisdicción de los departamentos al que pertenecen las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo (UEDF), conforme al procedimiento señalado por el respectivo municipio, la norma no hizo mención a la cancelación del mismo, en ese sentido, conforme al principio de dogmática jurídica según el cual en derecho las cosas se deshacen como se hacen (Quae sunt quod praeteriit facite), quien solicitó el registro podrá solicitar (a las direcciones de Tránsito municipales) la cancelación”, señala el concepto de la mencionada cartera ministerial.
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Lo anterior, máxime si se considera que a la fecha se han normalizado las relaciones diplomáticas con la República Bolivariana de Venezuela y que como consecuencia, los vehículos cobijados con la medida establecida en el citado artículo ya no tiene limitación para pasar nuevamente a su país de origen.
El secretario de Hacienda del departamento, Sergio Entrena, indicó que jurídicamente el contribuyente tiene que hacer la solicitud en los tránsitos del municipio donde está radicado, y de allí los secretarios de despacho deberán notificar este requerimiento a Hacienda Departamental, donde se verifica qué obligaciones pendientes tiene el vehículo.
“Solo hasta que no se salden estas obligaciones no se procede a desvincular del registro el automotor”, explicó el funcionario.
Ahora bien, el secretario de Hacienda del departamento aclaró que el registro de carros y motocicletas extranjeras sigue vigente porque corresponde a una Ley Nacional.
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No obstante, en el aire queda una pregunta: ¿Una vez retirado el vehículo del registro por dónde lo puedo mover, puedo seguir circulando en Norte de Santander sin problemas?
Ante este interrogante Entrena mencionó que esta situación ya no sería del resorte de la Gobernación, como quiera que dicho vehículo ya no hace parte de la base tributaria de automotores. En ese sentido, sería la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) la entidad competente para decidir la suerte del automotor.
Para el abogado José Gregorio Botello, el concepto del Ministerio de Transporte es claro y contundente: Cualquiera puede solicitar la cancelación del registro, lo uno porque se haya vendido, y segundo, porque uno lo vaya a trasladar al país de origen (Venezuela).
Pero también, las autoridades de Tránsito de Norte de Santander no podrán inmovilizar dicho vehículo, porque la frontera se encuentra abierta y las relaciones entre Colombia y Venezuela son las mejores en la actualidad.
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