La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia remitió a la Fiscalía General de la Nación el expediente relacionado con Armando Benedetti por las presuntas recomendaciones de personas para ocupar cargos en la DIAN.
La decisión fue adoptada al establecer que la Corte no tiene competencia para investigar los hechos atribuidos al exministro del Interior, debido a que estos habrían ocurrido después de que terminara su periodo como senador, el 19 de julio de 2022.
El caso se originó en las denuncias realizadas por Luis Carlos Reyes, entonces director de la DIAN, quien señaló que congresistas, exfuncionarios y dirigentes políticos habrían acudido a él para recomendar personas para cargos, ascensos o traslados dentro de la entidad.
El nombre de Benedetti apareció en el listado de personas relacionadas con esas presuntas gestiones. Sin embargo, de acuerdo con la decisión de la Corte, las actuaciones que se le atribuyen habrían ocurrido cuando ya no tenía la condición de senador.
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¿Por qué la Corte remitió el expediente a la Fiscalía?
La condición que tenía Benedetti al momento de los hechos fue determinante para la decisión del alto tribunal. Su periodo como senador terminó el 19 de julio de 2022 y las actuaciones que se le atribuyen estarían relacionadas con hechos posteriores.
Por esa razón, la Sala Especial de Instrucción se abstuvo de continuar con la investigación y remitió el expediente a la Fiscalía General de la Nación, que deberá establecer si existen elementos suficientes para iniciar o continuar una investigación penal contra el exministro.
El traslado del expediente no implica que Benedetti haya sido declarado responsable de algún delito. La Fiscalía deberá analizar las pruebas y determinar si encuentra méritos para avanzar en el proceso correspondiente.
El caso podría regresar a la Corte Suprema si la Fiscalía encuentra elementos para formular una acusación formal. En ese escenario, el proceso pasaría a la Sala de Primera Instancia del alto tribunal, que sería la encargada de tomar una decisión sobre la responsabilidad penal.
¿Qué dijo la Corte sobre los congresistas mencionados?
La Sala de Instrucción también analizó la situación de los congresistas que aparecieron en el listado de presuntas recomendaciones e influencias para ubicar personas en la DIAN.
En total, fueron mencionados 30 congresistas y excongresistas, cuyos nombres aparecieron en el expediente junto con los de exfuncionarios y políticos relacionados con las denuncias.
Tras revisar las pruebas durante la etapa preliminar, la Corte decidió no abrir una investigación contra los congresistas mencionados. Según el alto tribunal, no se estableció que hubieran utilizado su investidura para quebrantar los principios de moralidad, imparcialidad, neutralidad, transparencia e igualdad en los procedimientos de la Dian.
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La Corte señaló que “pues aun cuando se recibieron varias hojas de vida, aparentemente, a través del enlace legislativo de la entidad, los nombramientos de ingresos, ascensos, traslados y de directores seccionales se realizaron a discrecionalidad del director general, con el cumplimiento de los requisitos legales”.
Con esa valoración, la Sala consideró que no había elementos para configurar el delito de tráfico de influencias que había sido planteado inicialmente en las denuncias.
La decisión frente a los congresistas y la adoptada respecto de Benedetti tienen alcances distintos. Mientras la indagación preliminar de los congresistas fue archivada, el expediente relacionado con el exministro fue enviado a la Fiscalía debido a que la Corte determinó que no tenía competencia para investigarlo por los hechos atribuidos.
La Corte también dejó abierta la posibilidad de que una investigación contra los legisladores pueda reactivarse si aparecen nuevos hechos o elementos que modifiquen lo establecido durante la etapa preliminar.
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