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MinJusticia respondió a Petro sobre salida de prisión de ‘Epa Colombia’: no puedo liberarla, es competencia del juez
La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, respondió a Gustavo Petro que no puede liberar a Epa Colombia, pues solo un juez tiene competencia para modificar su condena y evaluar beneficios jurídicos.
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Colprensa
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Viernes, 14 de Febrero de 2025

La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, aclaró en entrevista con un medio nacional que para que ‘Epa Colombia’ pueda acceder a la aplicación de la Ley de Utilidad Pública, que permite a las mujeres cabeza de familia no ir a la cárcel sino cumplir su condena con actividades comunitarias, es necesario que la decisión la tome un juez de ejecución de penas.

Buitrago fue enfática en que su despacho no tiene la competencia para modificar la situación judicial de Barrera, quien cumple una condena de cinco años y dos meses de prisión en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá por daños a una estación de Transmilenio en el estallido social de 2019.

“No puedo tomar la decisión de soltar a ‘Epa Colombia’ porque debe hacerlo un juez de ejecución de penas. Los posibles cambios en la condena, modificaciones o libertades, independientemente desde el punto de vista regulatorio o de trabajo, los tiene que regular un juez. Nadie puede interferir ante la decisión de un juez. Es un tema judicial y solo lo puede proferir el juez de ejecución de penas”, afirmó.


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La funcionaria destacó que la Ley de Utilidad Pública busca beneficiar a mujeres que sean madres cabeza de hogar y se encuentren en condiciones de marginalidad. Sin embargo, explicó que los delitos por los que fue condenada Barrera no califican automáticamente para acceder a este beneficio.

Requisitos para acceder a la Ley de Utilidad Pública

Buitrago aclaró que dicha ley establece condiciones estrictas para que una persona pueda acogerse a ella:

1. Demostrar marginalidad: La beneficiaria debe evidenciar que se encuentra en una situación socioeconómica precaria y que carece de medios para subsistir.

2. Ser madre cabeza de familia: Debe probar que tiene personas bajo su cargo y que su ausencia afecta la estabilidad económica de su hogar.

3. Que el delito esté relacionado con la marginalidad: La conducta delictiva debe estar vinculada a la situación de exclusión social. Por ejemplo, si una mujer ejecutó un hurto para poder alimentar a su familia.

La ministra también recordó que la empresaria aceptó los cargos y que esta decisión judicial no puede ser revocada arbitrariamente. “Cuando alguien acepta los cargos ante la justicia penal y el juez evalúa y le da el pase a esta aceptación, es una confesión que no se puede retractar”, subrayó.


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Gustavo Petro defendió a Epa Colombia y pidió su liberación

La pronunciación de la ministra llega después de que el presidente Gustavo Petro se refiriera directamente al Ministerio de Justicia, asegurando que fue condenada “por ser pobre, por ser popular y por levantarse a protestar”.

“Esta mujer, al ser madre cabeza de familia, está resguardada por la ley que hizo aprobar en el Congreso nuestro ministro progresista de Justicia, Néstor Osuna: debe salir diariamente de la cárcel. Le solicito a la ministra de Justicia ante el INPEC aplicar la ley”, declaró el mandatario.

¿Cómo va ‘Epa Colombia’ en la cárcel?

Desde la cárcel El Buen Pastor, en Bogotá, Barrera Rojas ha manifestado su interés en emprender proyectos productivos en prisión. Por ejemplo, la mujer pretende instruir a otras mujeres privadas de su libertad en belleza capilar. Este tipo de actividades son frecuentes en las cárceles, de hecho, la ministra aseguró que en una de ellas incluso se cuenta con salón de belleza, pues no se les puede negar el derecho a verse y sentirse bien consigo mismas.

Por otra parte, la ministra de Justicia informó sobre la nueva implementación del uso de uniformes dentro del sistema carcelario, medida implementada para reducirles costos a los presos y generar oportunidades laborales dentro del penal.

La influenciadora podría apelar a la Ley de Utilidad Pública si logra demostrar que, en el momento de cometer el delito, se encontraba en condiciones de marginalidad. Sin embargo, este análisis debe hacerse con base en su situación de 2019, no en la actualidad, el abogado penalista Santiago Trespalacios.

Por ahora, cualquier decisión sobre su situación judicial estará en manos de un juez de ejecución de penas, como lo reafirmó la ministra Buitrago en la entrevista.


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