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Lo que debe saber sobre los cambios en las pensiones que trae el 2025 para Colombia
¿Qué pasará con lo ahorrado en un fondo privado, para quienes perciben más de 2.3 salarios mínimos? Los expertos Andrés Felipe Izquierdo y Javier Almanza aclaran algunas dudas sobre los cambios que la reforma pensional.
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Leonardo Oliveros
Leonardo Favio Oliveros
Lunes, 20 de Enero de 2025

Este año, a partir del 1 de julio, Colombia comenzará a tener cambios en el sistema pensional, cuando entre a regir la reforma pensional o Ley 2381 del 16 de julio 2024. A pocos meses de ello, aún persisten dudas en la población empleada.

El gerente de Integral Soluciones Pensionales (ISP), Andrés Felipe Izquierdo, una firma especializada en el área, expresó que el 2025 será de movimientos, transición y decisiones estructurales sobre el sistema pensional que, de una u otra manera, impactarán a todos los colombianos. 


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“Esta nueva legislación traerá cambios significativos, por lo que es necesario revisar con lupa cada uno de ellos”, agregó el abogado laboral experto en pensiones.

Una de las confusiones que existe es para quienes ganan más de 2.3 salarios mínimos ($3.274.050 para 2025) y deben cotizar hasta ese rango en Colpensiones y lo demás en un fondo privado, pues, no tienen claridad sobre qué pasará con los recursos ahorrados en el privado. 

Andrés Felipe Izquierdo, gerente de Integral Soluciones Pensionales (ISP)
Andrés Felipe Izquierdo, gerente de Integral Soluciones Pensionales (ISP) . / Foto Cortesía

En este caso, el director del Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, Javier Almanza, dijo a La Opinión, que ese dinero será devuelto junto con sus rendimientos al momento de pensionarse. “Resultado de ello se sumará a lo cotizado también por Colpensiones al momento de adquirir la pensión”, afirmó.

Andrés Felipe Izquierdo resaltó que con la nueva ley, el 100% de quienes cotizan en el Sistema General de Pensiones será afiliado al Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, y sólo quienes superen ese ingreso aportarán en fondos privados lo proporcional a la base anteriormente mencionada.

Sostuvo que, además de ello, entrará en vigor el Pilar Solidario, que representa un auxilio económico para las mujeres mayores de 60 años y hombres de más 65 años que se encuentren en condición de pobreza y vulnerabilidad y que no hayan logrado alguna pensión a cargo del sistema pensional.


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Otras inquietudes 

-¿En qué consiste el régimen de transición?

Es una lapso de protección y estabilidad jurídica para quienes, si bien no han consolidado un derecho pensional al amparo de la normativa actual, tienen - en razón de sus cotizaciones - una expectativa legítima de poder consolidar un derecho pensional. Entonces, a la entrada en vigencia de la ley, las mujeres con 750 semanas o más cotizadas y los hombres con 900 semanas o más, seguirán bajo la Ley 797 de 2003 y podrán pensionarse bajo el marco normativo actual.

-¿Cuánto durará la transición?

Ese es el principal problema, porque, al amparo de la redacción, no tiene una fecha de caducidad y fácilmente podría durar más de 25 años, lo cual disminuye drásticamente, la posibilidad de mejorar el impacto fiscal del sistema y su regresividad en el mediano plazo. 

Además, es tremendamente regresivo, pues no tiene en cuenta el parámetro de edad para pertenecer a la transición, lo que termina por privilegiar a quienes han podido tener estabilidad laboral y afectar a quienes, estando en una edad más avanzada, no han podido cotizar con regularidad.

-Quienes cotizarán por primera vez a partir de julio, ¿deben acudir a Colpensiones a registrarse? 

Lo más importante es tener claro que cuando devenguen más de 2.3 salarios mínimos, ese primer rango irá obligatoriamente a Colpensiones y el excedente al respectivo Fondo privado o Accai (Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual.), como se llaman ahora las administradoras del recurso.

-Si comienzan a cotizar por primera vez antes del 1 de julio, ¿qué es lo recomendable?

Lo aconsejable sería cotizar en Colpensiones con las anteriores consideraciones, y si tienen un ingreso superior a 2.3 salarios mínimos ahorrarlo en una Accai.

Javier Alamanza
Javier Almanza, director del Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario./ Foto Archivo

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¿Qué mejora?

  • Crea el Pilar Solidario.
  • Elimina la competencia entre regímenes pensionales.
  • Reconoce 50 semanas por hijo criado o concebido (hasta máximo tres hijos) para las mujeres, que, si bien no cierra definitivamente las brechas de género del sistema, sí permite un reconocimiento a la labor de maternidad y crianza y su impacto en el retiro laboral de ellas.
  • Habría mayor flujo para poder financiar las pensiones del Régimen de Prima Media. Sin embargo, esto también iría en perjuicio de quienes han trabajado toda la vida, porque tendrá que distribuirse el capital de ellos.  

¿Qué empeora?

  • La doble comisión que tendrán que asumir los afiliados al Régimen de Ahorro Individual (comisión al ingreso y sobre saldos). Esto vulnera el principio de confianza y eficiencia de la administración del encargo fiduciario, pues, supone un doble cobro por la misma gestión. 
  • Se pierde el derecho a elegir estar en Colpensiones o en fondo privado, el cual consagraba la Ley 100 de 1993. O sea, se tenía la posibilidad de escoger si se quería pertenecer al Régimen de Prima Media, administrado por el Estado, o al Régimen de Ahorro Individual, administrado por los fondos privados.

¿Qué es el examen de constitucionalidad?

Del examen de constitucionalidad dependerá la agenda del sistema pensional este año, pues si la Corte, eventualmente, declara inexequible la ley en su totalidad, el Gobierno tendría que presentar un nuevo proyecto de ley que subsane los vicios objetados por la Corte. 

¿Alto riesgo operativo por concentrar a cotizantes en Colpensiones?

La entrada en vigencia que plantea la ley (01/07/2025) supone un alto riesgo operativo para el sistema, pues, Colpensiones pasará de tener 6,8 a 24 millones de afiliados y no está preparada ni tecnológica ni operativamente para el desafío.

De igual manera, preocupa que, a la fecha, no se hayan definido los debidos mecanismos de migración y conservación de las historias laborales y método de cálculo de liquidación de bonos pensionales.


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¿Una desafiante reglamentación?

Tras la aprobación de la reforma, diversos expertos advirtieron el titánico desafío que supone reglamentar la reforma pensional en 12 meses. Ahora, a menos de seis meses, su entrada en vigencia y la reglamentación a cargo del Ministerio de Hacienda, la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), la Superintendencia Financiera de Colombia, entre otras entidades, es absolutamente insuficiente, lo que supone un desafío operativo.

¿Requisitos no contemplados?

Procesos judiciales para afiliados a AFP (mujeres mayores de 57 años y hombres mayores de 62). Colpensiones de manera arbitraria impuso requisitos no contemplados en la Ley 2381 de 2024, para permitir el traslado de aquellos colombianos que se encuentran a diez años o menos de la edad pensión, frustrando la expectativa legítima de esos afiliados y el propio alcance de la ley.


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