En medio de un fuerte pulso entre adeptos y contradictores que promete ser cada vez más intenso, y el fantasma de un posible vicio de trámite a cuestas, la anunciada reforma a la salud impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro finalmente llegó esta semana al Congreso de la República, para su estudio y aprobación.
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Concebida como un “Cambio hacia una salud para la vida”, la iniciativa que se compone de 152 artículos plantea un remezón al sistema de salud que rige hoy en Colombia, en función de una cobertura universal en la que nadie se quede sin ser atendido.
En esa medida, la idea central es avanzar hacia un “sistema de gestión de riesgos financieros y de salud, dirigido y controlado por el Estado”, territorializado, en el que las familias tengan el mismo sistema para todos y la prevención sea la base.
“Uno de los objetivos del ‘Cambio hacia una salud para la vida’ es el cierre de brechas sociales y territoriales para lograr un sistema que beneficie a toda la ciudadanía, sin distinciones sociales, económicas, culturales, regionales o de cualquier otra índole”, asegura el Gobierno.
En La Opinión le pusimos la lupa al contenido del proyecto que finalmente se conoció el lunes, luego de ser radicado ante el Congreso por el presidente Petro y la ministra de Salud, Carolina Corcho, y estos son algunos de los aspectos más importantes que encontramos:
Recursos administrados por la Adres
Como se había anticipado, con esta nueva reforma, la entidad encargada de administrar los recursos del sistema de salud, en su totalidad, será la Adres, y su misión consistirá en “garantizar el adecuado flujo y la administración y control de los recursos del sistema de salud”.
Según la ministra de Salud, Carolina Corcho, hoy en día la Adres maneja el 70% de los recursos del sistema de salud, pues administra los dineros con los que se atienden cerca de 23 millones de colombianos que pertenecen al régimen subsidiado y cubre, de manera directa, el 20% de los gastos del régimen contributivo. La idea es que con la reforma maneje el 100%.
Entre otras, estas pasarían a ser algunas sus competencias:
- Administrar los recursos del Sistema, de conformidad con lo previsto en el presente artículo (22) y en especial el Fondo Único Público para la Salud.
- Hacer los pagos, efectuar giros directos a los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud, de acuerdo con el ordenador del gasto competente y adelantar las transferencias que correspondan a los diferentes agentes del sistema.
- Organizar los Fondos Regionales de Salud y las oficinas en cada departamento, para la gestión de las cuentas y pagos.
- Integrar o contabilizar los recursos públicos disponibles, con o sin situación de fondos, para garantizar la Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud (APIRS).
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- Garantizar el flujo de recursos de la Nación hacia los ‘Territorios de salud’ para los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, y a las Instituciones hospitalarias para el control, provisión y prestación de los servicios integrales de salud individuales y colectivos.
- Realizar los contratos para garantizar en el nivel nacional y a nivel desconcentrado, la gestión de los recursos, el sistema de pagos y la auditoría de las cuenta.
-La Adres también asumirá los recursos provenientes de las cotizaciones para la seguridad social en salud correspondientes a salarios de los empleados o trabajadores dependientes, los de los pensionados y los recursos que actualmente destinan las Cajas de Compensación al régimen subsidiado.
Fondos Regionales de Salud
En su artículo 35, que modifica el número 57 de la Ley 715 de 2001, la reforma propone que para la administración y manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones y de todos los demás recursos destinados al sector salud, los entes territoriales deberán organizar un fondo departamental, distrital o municipal de salud, según el caso, que se manejará como una cuenta especial.
Los departamentos, igualmente, podrán agruparse a nivel regional, a fin de lograr un mayor nivel de autosuficiencia en la prestación de los servicios en red. En estos casos, se creará un Fondo Regional de Salud que recibirá los recursos asignados por la Adres, los cuales serán administrados por un Consejo Administrador integrado por representantes de los empleadores, los trabajadores y el sector público en cada región.
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“El Consejo Administrador del Fondo Regional de Salud estará integrado por tres representantes de los empleadores, tres representantes de los trabajadores, dos representantes del Gobierno Nacional, delegados por los Ministerios de Salud y Protección Social y Hacienda y Crédito Público, y un representante de los gobernadores y alcaldes”, señala el artículo 43.
Este Consejo también tendrá a su cargo el nombramiento del gerente del Fondo Regional y este a su vez nombrará los subgerentes.
El papel de las EPS y las IPS
Otro de los aspectos que ya genera revuelo en torno a la reforma a la salud que arrancó su trámite en el Congreso de la República, es el que tiene que ver con el futuro de las EPS. Y es que si bien el presidente Gustavo Petro fue enfático, días atrás, en que estas no se eliminarán, una lectura muy distinta es la que se hace hoy, después de conocer el contenido del proyecto.
En el articulado se establece que las EPS pasarán a cumplir las siguientes actividades: crear y administrar Centros de Atención Primaria en Salud (CAP) de los territorios asignados, después de la territorialización dispuesta en la ley; administrar los sistemas de referencia y contrarreferencia de las personas vinculadas a sus CAP y ejecutar las auditorías contratadas que requiera el sistema de salud.
Actualmente, las EPS son las responsables de la afiliación y el registro de los afiliados, así como del recaudo de sus cotizaciones. Su función principal es organizar y garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud (POS) y hacer los giros respectivos al Fondo de Solidaridad y Garantía, que es donde se administran los recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud. Estas competencias quedan completamente desdibujadas, si se aprueba la reforma.
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En el artículo 149, que hace referencia al régimen de transición y evolución hacia el nuevo sistema de salud que pretende poner en marcha el gobierno Petro, se precisa que las EPS que al momento de entrar en vigencia la reforma no estén en proceso de liquidación, acordarán “las reglas para la entrega de la población afiliada al nuevo aseguramiento social”.
“Una vez termine la transición, que se mantendrá el tiempo que sea necesario, las EPS que se acondicionen y crean que pueden convivir dentro del nuevo sistema de prevención y atención primaria, van a tener todas las posibilidades de desarrollar su objeto social como IPS y/o auditoras del cobro al Adres”, señaló el Gobierno.
Con relación a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), la reforma establece que, en adelante, serán públicas, privadas y mixtas. “Sus relaciones serán de cooperación y complementariedad, y forman parte integrante del Sistema de Salud”.
El rol de la Nueva EPS
La reforma a la salud le da un papel protagónico a la Nueva EPS en el proceso de transición hacia un nuevo sistema de salud, pues esta entidad será la encargada de cubrir aquellos territorios que por la liquidación de algunas EPS se queden sin este aseguramiento.
“En los territorios donde no haya EPS, la Nueva EPS asumirá el aseguramiento. Para el reordenamiento territorial de los afiliados durante la transición, la Nueva EPS podrá asumir los afiliados de EPS liquidadas o en incapacidad de atender a sus afiliados. Igualmente, en forma subsidiaria lo podrán hacer las demás EPS con capacidad de hacerlo. La Nueva EPS, gradualmente, contratará y adscribirá esa población a los Centros de Atención Primaria Integral y Resolutiva en Salud (CAPIRS), en las subregiones o municipios priorizados para la implementación del nuevo sistema de salud”, dice el texto del proyecto.
Instituciones de Salud del Estado
Por tratarse de un sistema mucho más público, la reforma propone en su artículo 55 que la prestación de los servicios de salud se hará a través de Instituciones de Salud del Estado (ISE), las cuales serán hospitalarias o ambulatorias.
“Constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la Ley o por las asambleas departamentales o concejos distritales o municipales, según el caso, sometidas al régimen jurídico previsto en esta Ley”, señala el proyecto.
Estas instituciones se agruparán por niveles de baja, mediana y alta complejidad, y operarán en redes integrales e integradas de servicios de salud.
Aquí el texto completo de la Reforma a la Salud. https://t.co/iFRMUeELXc
— Gustavo Petro (@petrogustavo) February 14, 2023
Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud
Uno de los aspectos centrales de la reforma para lograr la territorialización que se propone, es la implementación de los Centros de Atención Primaria (CAP), cuya función no será solamente atender a los pacientes, sino organizar el territorio en un promedio de 25.000 personas por cada uno, distribuidos según el lugar de vivienda o trabajo.
“De esta forma, los equipos médicos visitarán de manera permanente, rutinaria y constante a las familias de dicho territorio, estén donde estén, para disminuir las causales de la enfermedad, eliminarla si es posible, o atenderla aún en un estado primario en donde todavía sea posible salvar la vida”, asegura el Gobierno.
Los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud se organizarán con instituciones públicas, privadas y mixtas que podrán contratarse para ofrecer los servicios de atención básica en salud, dentro de las redes integrales e integradas de servicios de salud.
Modelo de atención
El proyecto presentado al Congreso establece que los bienes y servicios para el goce efectivo del derecho fundamental a la salud se diferenciarán según el género, especificidad cultural y étnica, ciclo vital, situación de discapacidad o vulnerabilidad, y se complementarán según las necesidades de las personas, familias y comunidades.
La estructura propuesta por el Gobierno Nacional para la atención de los colombianos es la siguiente:
-La Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud (APIRS) para las personas, familias y comunidades, se desarrollará por parte de las Instituciones de Salud del Estado (ISE), privadas y mixtas.
- Los servicios médico-asistenciales de baja complejidad serán dirigidos y prestados por equipos de profesionales, técnicos y auxiliares de los centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud de los municipios y distritos.
- Habrá servicios ambulatorios y hospitalarios especializados de las instituciones prestadoras de salud debidamente habilitadas.
- Los servicios médico-asistenciales de mediana y alta complejidad serán prestados por las entidades hospitalarias y ambulatorias públicas, privadas y mixtas que se integren a la red de servicios del territorio o la región.
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