El Consejo de Estado anuló la elección de Ivaldo Torres Chávez como rector de la Universidad de Pamplona para el período 2025-2028, al concluir que su designación para un tercer período consecutivo vulneró las normas que regulan la reelección dentro de la institución.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, que revocó la sentencia emitida el 22 de enero de 2026 por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, la cual había negado las pretensiones de varias demandas de nulidad electoral presentadas contra el acto de elección.
Dicha demanda fue interpuesta por Martín Alberto Santos Díaz, César Augusto Parra Méndez, Javier Alberto Manrique Caballero, Yoad Ernesto Pérez Becerra, Antonio Luis García Loaiza y Óscar Fabián Cristancho Fuentes. Como coadyuvante actuó Pedro Nel Santafé Peñaranda.
En la sentencia de segunda instancia, el alto tribunal determinó que el Consejo Superior Universitario no podía elegir nuevamente a Torres Chávez.
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"El Consejo Superior Universitario de la Universidad de Pamplona, no podía elegir al demandado por un tercer y consecutivo período, comoquiera que la norma estatutaria tan solo le permitía reelegirlo por una sola ocasión", señala la sentencia.
Por esta razón, el Consejo de Estado concluyó que prosperaba el cargo de nulidad y declaró inválido el Acuerdo 051 del 4 de diciembre de 2024, mediante el cual el Consejo Superior Universitario designó a Ivaldo Torres como rector para el período 2025-2028.
Además, la corporación decidió inaplicar por inconstitucional el literal b) del artículo 27 del Acuerdo 027 de 2002 y parte de los Acuerdos 031 y 043 de 2024, al considerar que sirvieron de fundamento para permitir una nueva reelección que contravenía los límites establecidos en el estatuto universitario.
La decisión devuelve el expediente al Tribunal Administrativo de Norte de Santander para que se notifique y se cumpla, teniendo en cuenta que ya no procede recurso alguno.
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