El salario mínimo que comenzará a regir en enero de 2027 podría ubicarse entre $1.861.037 y $1.925.996, sin incluir el auxilio de transporte.
Esta estimación resultó de análisis financiero de Crowe Co, una firma de auditoría que comparó tres escenarios de incremento: 6,29%, 8% y 10%. Por lo que, frente al sueldo básico actual de $1.750.905, representaría entre $110.132 y $175.091 más cada mes antes de descontar los aportes obligatorios.
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El socio de Impuestos y Servicios Legales de Crowe Colombia, Pedro Sarmiento Pérez, dijo que para los trabajadores de Cúcuta, la discusión sobre el incremento del salario mínimo, que ya comenzó, cobra importancia por ser una ciudad donde los precios nuevamente están presionando el bolsillo.
En septiembre, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) aumentó 0,50% en Cúcuta y la inflación de los últimos 12 meses llegó a 6,36%, ligeramente por encima del 6,29% registrado a nivel nacional.
Un mes antes, alimentos y arriendos habían estado entre los principales responsables del incremento de los gastos de los hogares cucuteños. Solo en agosto, la inflación mensual local fue de 0,61%, impulsada, entre otros rubros, por frutas frescas, vivienda y comidas en restaurantes.
Pedro Sarmiento sostuvo que el estudio de Crowe Co utiliza aumentos de 6,29%, 8% y 10%. Se trata de escenarios financieros y no de propuestas oficiales para la mesa de concertación.
Si el alza fuera de 6,29%, el salario quedaría en $1.861.037. Con un ajuste de 8% subiría a $1.890.977 y, si llegara al 10%, alcanzaría $1.925.996. Pero esos valores no corresponden al dinero que finalmente llega al bolsillo, pues, al trabajador se le descuenta 4% para salud y otro 4% para pensión, antes de otras posibles deducciones.
Después de esos aportes, la mejora mensual disponible estaría entre aproximadamente $101.000 y $161.000, dependiendo del porcentaje que finalmente se apruebe. Cada punto adicional de incremento sobre el mínimo vigente representaría unos $16.108 más al mes.
El auxilio de transporte tiene una cuenta independiente. Si también aumentara 8%, sumaría otros $19.928 y la mejora conjunta alcanzaría $148.794 para quienes tienen derecho a recibirlo. Si se mantiene en $249.095, el beneficio adicional se limitaría al incremento del salario después de aportes.
“Si el transporte absorbe buena parte de la mejora, la familia siente que recibió menos. El auxilio merece una discusión propia, ligada al costo de llegar al trabajo”, añadió Sarmiento.
Para los hogares cucuteños, el comportamiento de los precios será determinante. Tener un salario más alto no necesariamente significa ganar capacidad de compra en la misma proporción.
Si, por ejemplo, durante 2027 los precios aumentaran 7% y el sueldo lo hiciera 8%, el poder adquisitivo real del trabajador mejoraría apenas 0,93%. Es un supuesto utilizado en el análisis y no una proyección oficial. En términos sencillos: habría más pesos disponibles, pero buena parte del incremento se iría en pagar productos y servicios más caros.
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Alza de la nómina
El efecto del nuevo mínimo también llegará a las empresas. Un establecimiento con 30 empleados, que ganen esta remuneración y trabajen cuatro turnos de ocho horas al mes durante el descanso obligatorio, pagaría $1,44 millones adicionales mensuales solo en recargos si el sueldo aumenta 8%.
Desde julio, esa cuenta crecerá nuevamente por la aplicación gradual de la reforma laboral. “La misma decisión puede ser manejable para una oficina y mucho más exigente para un negocio que abre todos los domingos. Negociar exige conocer esa diferencia”, explicó Pedro Sarmiento Pérez.
El socio de Impuestos y Servicios Legales de Crowe Colombia recordó que el punto de partida de la negociación será un salario básico de $1.750.905 y un auxilio de transporte de $249.095. A esto se suman una inflación nacional anual de 6,29% en septiembre y una tasa de interés del Banco de la República de 12,25%.
El domingo también encarecerá la nómina desde julioPara el comercio, restaurantes, hoteles, supermercados y demás establecimientos cucuteños que operan durante los fines de semana habrá otra cuenta que incluir en sus presupuestos del próximo año.
La Ley 2466 de 2025 estableció que el recargo por trabajar durante el día de descanso obligatorio pasará de 90% a 100% de la hora ordinaria a partir del primero de julio de 2027. El domingo se considera ese día, salvo que trabajador y empleador acuerden por escrito uno diferente.
Para un empleado que reciba el salario mínimo y cumpla una jornada de 42 horas semanales, ese adicional equivale actualmente a $7.504 por hora. Si el sueldo subiera 8 %, alcanzaría $9.005 desde julio.
En una jornada de ocho horas, el cambio representaría $12.006 adicionales únicamente en recargos, antes de sumar prestaciones y aportes.
El incremento del 20% se refiere exclusivamente a ese pago adicional y no significa que toda la remuneración del empleado o la nómina empresarial aumenten en ese porcentaje. Los negocios que ya pagan el recargo del 100 % tampoco enfrentarían ese segundo salto.
El tema tiene especial relevancia para Cúcuta por las características de su mercado laboral. En el trimestre junio-agosto, la tasa de desempleo del área metropolitana se ubicó en 10,1%, por encima de ciudades como Bucaramanga, Medellín, Bogotá, Pereira y Manizales.
A esto se suma la informalidad. En el trimestre mayo-julio, el 61,9% de los ocupados del área metropolitana se encontraba en esa condición, una de las proporciones más altas entre las principales ciudades del país.
“La salida pasa por ayudar a las pequeñas empresas a producir más por hora. Sin crédito accesible y mejor organización, la discusión termina repartiendo una presión que nadie sabe cómo absorber”, sostuvo Sarmiento.
Así, la negociación del mínimo tendrá un doble desafío para Cúcuta: lograr que el incremento se traduzca en una mejora efectiva del bolsillo de los trabajadores y evitar que el mayor costo de la nómina termine convirtiéndose en una barrera adicional para generar empleo formal.
El porcentaje definitivo dependerá especialmente de la inflación con la que termine 2026 y de las cifras de productividad. La cifra definitiva se conocerá en diciembre.
La ley establece que Gobierno, trabajadores y empleadores deberán intentar primero un acuerdo. Si no lo consiguen, el Ejecutivo tendrá hasta el 30 de diciembre para definir el incremento teniendo en cuenta variables como inflación, productividad, crecimiento económico y participación de los salarios en el ingreso nacional.
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