La Superintendente de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones a las empresas Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo y Sabanalac por actos de engaño, porque presentaron como leche entera higienizada (UAT) un producto adicionado con lactosuero.
De acuerdo con la SIC, estas compañías indujeron a error a los consumidores, quienes no cuentan con los elementos de juicio necesarios para detectar por su cuenta la presencia de esta sustancia, afectando con ello su capacidad de decisión sobre la naturaleza y calidad del producto a adquirir.
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Adicionalmente, la Superintendencia impuso sanciones a Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo por infracción de las disposiciones que regulan el sector, al haber obtenido una ventaja competitiva significativa como resultado de la violación de las normas que prohíben la adición de lactosuero a la leche en cualquier etapa de la cadena de producción.
“Con la adición de lactosueros, estas sociedades tuvieron la posibilidad de vender al mismo precio que sus competidores, ampliando con ello su margen de utilidad, o vendiendo el producto a un precio menor, aprovechándose de la venta en volumen y afectando a los competidores que respetaron las normas”, afirmó la SIC.
Las pruebas identificaron en la leche distribuida por las empresas sancionadas la presencia de altos niveles de Caseinomacropéptido (CMP), un criterio que permite analizar y determinar la calidad de la leche y constatar la adición de lactosueros.
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Las muestras fueron tomadas de productos identificados con las marcas Medalla de Oro, Máxima, Algarra, De la Cuesta, Alkosto Hiperahorro, Parmalat, Latti y Pomar, comercializados por las sociedades sancionadas.
A pesar de los argumentos planteados por las empresas, la entidad encontró que las pruebas realizadas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) son el fundamento idóneo, pertinente y conducente para identificar el CMP.
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De esta manera, se concluyó que la presencia de tan altos niveles de ese componente sólo podía ser consecuencia de la adición de lactosuero a la leche cruda.
La decisión se encuentra en proceso de notificación y contra esta procede recurso de reposición ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
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