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Sábado, 21 de Septiembre de 2024

Finalizando el decenio de los treinta, la Asamblea de Norte de Santander emprendió una titánica labor legislativa buscando la modernización del departamento mediante la propuesta y el estudio de una serie de proyectos de Ordenanza, con las cuales se lograría superar el atraso en el que se había quedado sumergida esta sección de la nación después de la escisión de su vecino del sur.

En las sesiones ordinarias de los dos últimos años de esa década, fueron muchos y variados los Proyectos de Ordenanzas que los honorables diputados presentaron a consideración de sus compañeros, particularmente los diputados Julio César Pernía y José Manuel Villalobos, que al parecer llevaban la vocería de los grupos políticos que en ese momento “mandaban la parada”.

Algunos de esos proyectos de Ordenanzas vieron la luz jurídica y otros no lograron superar la barrera de las votaciones, ni tampoco lo hicieron las proposiciones que se le enviaban al gobierno central (así llamaban en esa época al Gobierno Nacional), sin interesar su utilidad ni las necesidades, en algunos momentos apremiantes para el feliz desarrollo de la ciudad, como fue el caso del proposición que le remitieron al ministro de Obras Públicas, el 4 de junio de 1938, en la que le manifestaban: “… la Asamblea le manifiesta que considera urgente la iniciación de los trabajos del alcantarillado de Cúcuta, obra que junto con la del Acueducto ha sido contratada por el Municipio con el gobierno central y que constituye una de las mayores necesidades de la capital del departamento. Significa además, señor Ministro, que la pronta terminación de los trabajos de la Avenida Olaya Herrera requiere la construcción allí del alcantarillado, tanto más cuanto que ya se ha dado comienzo a la urbanización de ese sector de la ciudad”. Esta proposición le fue transmitida al Ministro vía telegráfica y firmada por el presidente de la Asamblea Rafael Espinosa y el secretario Pablo E. Castillo. Como era apenas de esperarse, la propuesta no fue atendida y la ciudad tuvo que esperar más de veinte años para se cumpliera esta tan esperada obra.

Otro de los proyectos que no tuvo la anuencia de esa corporación fue la posible creación de una Policía Departamental, de la que finalmente se tuvo que desistir para dar paso a un cuerpo policial más técnico y amplio como lo fue la Policía Nacional.

Y uno que sí fue acogido íntegramente fue el proyecto de Ordenanza mediante la cual se reestructuraba la Empresa Departamental de Teléfonos, única fórmula para evitar que desapareciera, dada la velocidad con que las condiciones de la tecnología avanzaba.

Las crónicas donde se narran los pormenores de ambos proyectos de Ordenanzas fueron publicadas en crónicas anteriores.

Ahora bien, el tema que nos concierne en la crónica de hoy corresponde a las medidas que fueron propuestas para darle cumplimiento a una Ordenanza de 1929, en la cual se dictaban medidas sobre el ejercicio de la educación física en el Departamento.

El Ejecutivo Nacional había dictado el Decreto 1734 en 1925, para reglamentar las Comisiones de Educación Física en los departamentos, instituciones que habían sido creadas en la ley 80 de 1925. El departamento había sido muy juicioso en este sentido, pues desde 1935, año en que se constituyó la Comisión en el Norte de Santander, venía funcionando con toda normalidad, sin embargo, aún faltaban detalles que le permitieran desarrollar todo su potencial que no era otro que el fomento de la cultura física en la región.

Para ello, la Ordenanza presentada incluía un artículo que a la letra decía: “…anualmente se verificará en la capital del Departamento, la Semana Deportiva de acuerdo con el programa que debe redactar la Comisión de Educación Física. A los eventos deportivos de esta clase se traerán los mejores elementos de los demás municipios a fin de obtener los campeones departamentales en las diversas ramas atlético-deportivas. Por la Gobernación y la Comisión de Educación Física se dedicarán trofeos para darle mayor realce a estos certámenes de la cultura física”.

En otro artículo de la reglamentación se estipulaba que “…para dar cumplimiento con el artículo 6 de la Ordenanza 48 de 1935, sobre la construcción del Estadio Santander en la ciudad de Cúcuta, se aprobaba la destinación de cincuenta mil pesos ($50.000), facultándose al Gobernador para la adquisición del lote, de contado o a plazos, pudiendo garantizar con hipoteca los contados que se queden debiendo.

Uno de los puntos importantes de esta norma, era la relativa a la financiación de lo que se llamaba entonces, “las plazas deportivas” y que hoy denominamos escenarios deportivos. En este sentido, la Ordenanza destinaba la suma de veinte mil pesos ($20.000) para que en las principales poblaciones del Departamento se establecieran las plazas deportivas; en uno de los parágrafos de este artículo se definía que el Departamento contribuiría con una suma igual a la que destine cada municipio para el establecimiento de estos campos deportivos.

Para las escuelas y colegios del Departamento se asignó en el Presupuesto de ese año y en las sucesivas vigencias, la suma de dos mil pesos ($2.000), para la adquisición de elementos de ‘sport’, pudiendo la Comisión dedicar algunos de tales elementos para el desarrollo de la cultura física popular.

Adicionalmente se facultaba al Gobernador para contratar uno o varios expertos en ‘foot-ball’, ‘basket-ball’ y otros deportes para el entrenamiento y organización de clubes en el Departamento.

Se tuvo en cuenta, además, la financiación de los gastos de las excursiones deportivas, dentro y fuera del Departamento, así como los gastos de atenciones a las embajadas deportivas que visitaran el Departamento; para ello se incluyó en el Presupuesto actual y de las sucesivas vigencias, la suma de mil pesos anuales.

Finalmente se facultaba a la Comisión de Educación Física para publicar en la Imprenta Departamental, un periódico o revista de propaganda deportiva y de cultura física; lo mismo que los reglamentos, avisos y prevenciones que en ejercicio de sus funciones necesite dar a conocer.

Firma la Ordenanza, el presidente Luis Francisco Guerrero y el Secretario Pablo E. Castillo.

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