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Economía
¿La Superindustria ordenó el cambio masivo de medidores de servicios públicos?
Ha circulado información sobre el cambio medidores de agua, energía y gas por una nueva reglamentación en Colombia.
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La opinión
La Opinión
Miércoles, 8 de Julio de 2026

Ante las recientes inquietudes de la ciudadanía y la información que ha circulado sobre el cambio de medidores de agua, energía eléctrica y gas, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aclaró que nada tiene que ver la nueva reglamentación.

Indicó que el propósito es garantizar que los nuevos equipos que ingresen al mercado cumplan estándares de precisión, confiabilidad y seguridad, en beneficio de los usuarios y de la correcta medición de los consumos. 


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Afirmó que esta norma aplica exclusivamente a instrumentos de medición nuevos, los que se instalen por primera vez y los que deban ser reemplazados por fallas técnicas irreparables. 

“El reglamento técnico metrológico para medidores de energía eléctrica entró en vigor el 5 de enero de 2026, el de medidores de agua el 13 de marzo y el correspondiente a medidores de gas entró en vigor el 19 de junio. En consecuencia, los reglamentos técnicos expedidos por la SIC no ordenan el reemplazo automático de los medidores que actualmente se encuentran instalados y funcionando correctamente”, recalcó la Superintendencia. 

La SIC también destacó que la nueva norma no implica la implementación obligatoria de medidores inteligentes ni modifica las reglas tarifarias aplicables a los servicios públicos domiciliarios. 


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Igualmente, aseguró que los programas de modernización, reposición tecnológica o cambio por vida útil que adelanten algunas empresas prestadoras corresponden a decisiones propias de dichos prestadores y no derivan automáticamente de los reglamentos técnicos expedidos. 

¿Quién vigila los medidores instalados?

Una vez el medidor está instalado y en funcionamiento, la vigilancia y control de la prestación del servicio —incluyendo la verificación del estado, la correcta facturación de los consumos y los eventuales cambios de equipos, entre otros— corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de conformidad con el marco legal vigente. 

Es esta entidad la encargada de supervisar que las empresas no cometan abusos en los procesos de revisión técnica o cambios de equipos existentes. Por esta razón, las empresas prestadoras no pueden justificar automáticamente el cambio de medidores únicamente en la expedición de los nuevos reglamentos técnicos de la SIC. 


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Recomendaciones para los usuarios:

  • Verificar la causa. Si su empresa de servicios públicos le solicita cambiar el medidor, exija información clara sobre las razones técnicas específicas a su caso y que motivan un eventual cambio (daño, error de lectura, etc.).
  • No dejarse confundir. La expedición de reglamentos técnicos para medidores nuevos no invalida automáticamente el funcionamiento de los equipos actualmente instalados.
  • Denunciar. Si considera que se están vulnerando sus derechos, interponga una queja ante la Superintendencia de Servicios Públicos.

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