Los conductores que tienen deudas pendientes con la Dirección de Tránsito de Cúcuta, por algún comparendo o una multa, ya no tendrán que pagarlas, porque “quedan prescritas”.
La información la dio a conocer el alcalde Jorge Acevedo, quien precisó que el beneficio aplica para sanciones registradas entre 2002 y 2015, por lo que esas deudas “quedan saldadas, es decir, ya no tienen que pagar nada”.
Lea además: En Cúcuta, Gobierno dice garantiza derechos de las mujeres en actividades sexuales pagas
“Sacamos la prescripción masiva de todas estas deudas en la ciudad, a través de la Secretaría de Tránsito. Esto quiere decir que pueden hacer cualquier trámite de renovación de licencia, de traspaso de vehículo, lo que ustedes deseen. Ya saben, lo que tenía el chicharroncito, ya, fueron prescritas estas deudas”, apuntó Acevedo.
¿Cómo se da la prescripción?
Según la norma, las multas de tránsito que los infractores no paguen voluntariamente pueden ser cobradas mediante el procedimiento de cobro coactivo, el cual debe realizarse dentro del término previsto, es decir, dentro de los tres años siguientes a la ocurrencia de los hechos. En el transcurso de ese tiempo se debe también notificar el mandamiento de pago.
Lea también: ¡Adiós a los intermediarios! Eliminaron en Cúcuta cobro del trámite de consulta sobre uso de suelos
De acuerdo con la artículo 159 del Código Nacional de Tránsito, la prescripción de una multa de tránsito se cuando esta no se cobras por la vía coactiva dentro del lapso señalado por la ley.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion